La Iglesia ha procurado atender pastoralmente, según las posibilidades legales y circunstancias político-sociales de cada momento, a los hombres y mujeres encarcelados a través de personas especialmente vocacionadas en las comunidades cristianas y de Institutos Religiosos (Mercedarios, Trinitarios, Jesuitas, Dominicos, Salesianos…; Hijas de la Caridad, Adoratrices, Hermanas de la Caridad de Santa Ana, Carmelitas, Mercedarias…).

Tras 150 años del aislacionismo pastoral penitenciario padecido por las diócesis como consecuencia de la existencia y funcionamiento del Cuerpo de Capellanes de Prisiones, a quienes estaba reservada en exclusiva por el Ministerio de Justicia la atención religiosa en las cárceles, mediante los Acuerdos Jurídicos firmados entre la Santa Sede y le Estado Español (Roma, 3 de Enero de 1979) las diócesis españolas han podido reasumir la asistencia religiosa en los Establecimientos penitenciarios e integrar progresivamente la Pastoral Penitenciaria en la Pastoral de conjunto de la diócesis, fundamentada en la tradición bíblica y eclesial:

1.- Fundamentación Bíblica

a) Ex 3, 9-10: “Así pues, el clamor de los israelitas ha llegado hasta mí y he visto la opresión con que los egipcios los oprimen. Ahora, pues, ve, yo te la Faraón, para que saques a mi pueblo, los israelitas de Egipto”.

Esta llamada que hace Dios a Moisés la está haciendo a toda la comunidad cristiana. Es responsabilidad de toda la Iglesia de liberar a nuestros hermanos que están sufriendo y experimentando la privación de libertad. Moisés representa la liberación del Pueblo de Israel. Nosostros, la Iglesia, somos la esperanza de los que en estos momentos están en prisión.

b) Lc 4, 18-19: “El Espiritu del Señor está sobre mí, porque me ha ungido para anunciar a los pobres la Buena Noticia, me han enviado a proclamar la liberación a los aprimidos y a proclamar el año de gracia del Señor”.

La Iglesia, comunidad de fe viva, hace suyas las palabras del profeta Isaías y de Jesús, y desde su realidad se siente envíada, por la fuerza del Espírutu, a liberar a los que sufren y a los privados de libertad.

c) Mt 25, 31-46: “ … porque tuve hambre y me disteis de comer, tuve sed y me disteis de beber, era forastero y me acogisteis, estuve desnudo y me vestistéis, enfermo y me visitastéis, en la cárcel y vinistéis a verme”.

La identificación de Cristo con el pobre hace más fácil nuestro compromiso y entrega de la Iglesia. Está pidiendo un compromiso de la comunidad en las necesidades básicas del pobre: comer, vestir, visitar, acoger…. . Como nos dice Xavier PIKaza (Cfr. “La Comunidad Cristiana y los Marginados”, ponencia publicada en “PRESOS, IGLESIA Y SOCIEDAD”, páginas 73-112. Secretariado Nacional de Pastoral Penitenciaria, Madrid, 1995), en nuestras Eucaristías no habrá auténtica comunión eclesial hasta que no la compartamos con los pobres y necesitados.

d) Hch 12,5: “Mientras Pedro estaba en la cárcel, la Iglesia oraba por él sin cesar”. La comunidad eclesial es el principio de comunión de sus miembros. Nuestro bautismo nos lleva a sentirnos en comunión con todos los bautizados, prescindiendo del lugar en que nos encontremos. Pero esta comunión se hace más especial con aquellos que más lo necesitan, como es el caso de Pedro en la cárcel.

e) 1Cor 12, 12-31: “Del mismo modo que el cuerpo es uno, aunque tiene muchos miembros … no forman más que un sólo cuerpo … así también es Cristo…”

La comunidad cristiana en libertad forma parte del mismo cuerpo que la que está en prisión, que es la Iglesia. La comunidad cristiana en libertad debe asumir la responsabilidad de ayudar a los que están en prisión. Mientras exista una sola persona en prisión, sufriendo con necesidad, la Iglesia sufrirá con ellos.

f) Hebr 13,3: “Acordaos de los presos como si vosotros mismos estuvierais presos con ellos”. Este texto está pidiendo a la Iglesia un compromiso de comunión hasta en el dolor y la privación de libertad. Nos pide que sintamos lo que nuestros hermanos presos sienten, ¿hay mayor sentimiento de comunión?

2.- Fundamentación Eclesial

Aunque poco a poco se está clarificando progresivamente la relación entre Pastoral Penitenciaria y Pastoral Diocesana, sí es cierto que este sentimiento ha estado presente en muchas manifestaciones y escritos tanto de Papas como de Obispos de la Iglesia. Quizás lo que ha faltado ha sido encontrar cauces operativos que facilitasen la integración de la Pastoral Penitenciaria en los planes diocesanos.

En esta apartado voy a presentar lo que estos Papas y Obispos ha manifestado en distintos momentos de la reciente historia de la Iglesia Católica:

Juan XXIII, en la visita a la cárcel “Regina Coeli” de Roma: “Todos los que estamos aquí somos iguales ante el Señor, pues el Señor nos considera a todos hijos suyos. Aquí dejo mi corazón” (cfr. Martin Nieto, Evaristo: “Pastoral Penitenciaria. Guía del voluntariado cristiano de prisiones. Ediciones Paulinas, Madrid, 1990, Página 24)

Pablo VI, en la visita a la cárcel “Regina Coeli” de Roma: “Os amo, no por sentimiento romántico o compasión humanitaria, sino que os amo verdaderamente porque descubro siempre la imagen de Dios, la semejanza con El, Cristo, hombre ideal, que soís todavía y podéis serlo” (cfr. Martin Nieto, Evaristo: “Pastoral Penitenciaria. Guía del voluntariado cristiano de prisiones. Ediciones Paulinas, Madrid, 1990, Página 24)

Juan Pablo II, en la visita a la cárcel de Papuda (Brasil): “La visita que os hago, aunque breve, significa mucho para mí. Es la visita de un pastor que quiere imitar al Buen Pastor”. (cfr. Martin Nieto, Evaristo: “Pastoral Penitenciaria. Guía del voluntariado cristiano de prisiones. Ediciones Paulinas, Madrid, 1990, Página 24)

Estos breves retazos vemos cómo los Papas se sienten pastores también de sus feligreses presos, preocupados por las circunstancias de prisión y responsables de acercarles a la Iglesia.

Comisión Episcopal de Pastoral Social (CEPS): “En primer lugar, cada una de las diócesis, debe tomar mayor conciencia del problema social de las prisiones e integrar coherentemente la Pastoral Penitenciaria en la planificación de la acción evangelizadora en las comunidades cristianas” (CEPS: “Las Comunidades Cristianas y las Prisiones”, 16 de Noviembre de 1986, en CORINTIOS XIII nº 41, enero-marzo 1987, página 229).

Manuel García Souto

Capellán